REFUGIADOS Y ASILO

Refugiados

Se les puede otorgar estatus de refugiados o asilo a las personas que han sufrido persecución o que temen que se les persiga por razones de raza, religión, nacionalidad, y/o por pertenecer a un cierto grupo social u opinión política.

El estatus de refugiado es una forma de protección que puede otorgárseles a las personas que satisfacen la definición de refugiados y que constituyen una inquietud humanitaria especial para los Estados Unidos. Generalmente, los refugiados son personas que están fuera de sus países que no pueden o no están dispuestos a volver allí porque temen daños personales graves.

Puede solicitar que se le remita para estatus de refugiado solamente desde fuera de los Estados Unidos.

Asilo

El estatus de asilo es una forma de protección disponible para las personas que:

  • Satisfacen la definición de refugiado
  • Están ya en los Estados Unidos
  • Piden admisión en un puerto de entrada

Puede solicitar asilo en los Estados Unidos sin importar su país de origen o su estatus de inmigración actual. 

 

Proceso Afirmativo de Asilo con USCIS

Para usted obtener asilo a través del proceso afirmativo debe estar presente en los Estados Unidos.  Debe solicitar estatus de asilo independientemente de la forma en que llegó a los Estados Unidos o de su estatus de inmigración actual.

Usted debe solicitar asilo dentro del período de un año de su última llegada a los Estados Unidos, a menos que pueda demostrar:

  • Circunstancias que cambiaron y afectan directamente su elegibilidad de asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con demoras en la presentación de la solicitud.

  • Dadas las circunstancias, que usted presentó su solicitud dentro de un período razonable.

Proceso de Asilo Defensivo con USCIS

El Proceso de Asilo Defensivo con USCIS se inicia cuando se solicita asilo como defensa contra la remoción de los Estados Unidos. Este proceso ocurre en la Corte de Inmigración con la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR).

Las personas ingresan a procesos de asilo defensivo de dos formas:

  • Son referidas por USCIS a un Juez de Inmigración después de determinarse que son inelegibles para asilo al final del proceso afirmativo de asilo.
  • Son colocadas en procesos de remoción por detención o arresto en los Estados Unidos sin documentación legal adecuada, violación de su estatus migratorio, o arresto por el CBP intentando entrar sin la documentación adecuada.

En la Corte de Inmigración, los Jueces ven los casos de asilo defensivo en procedimientos de confrontación. El juez escucha los argumentos del individuo (y su abogado, si está presente) y del gobierno estadounidense representado por un abogado de ICE. Posteriormente, el Juez de Inmigración decide la elegibilidad para asilo. Si es elegible, se concede; si no, determina la elegibilidad para otra forma de ayuda y, si es inelegible, ordena la deportación